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COPASST — Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo

Resumen

El COPASST (antes Comité Paritario de Salud Ocupacional - COPASO) es un comité paritario conformado por igual número de representantes del empleador y de los trabajadores, encargado de vigilar y promover el cumplimiento del SG-SST.

  • Ley 1562/2012: Artículo 26
  • Decreto 1072/2015: Artículos 2.2.4.6.19 y 2.2.4.6.20
  • Resolución 2013/1986: Reglamenta funcionamiento

Composición

Empresa Empleador Trabajadores
10-49 trabajadores 1 1
50-99 trabajadores 2 2
100-499 trabajadores 3 3
500-999 trabajadores 4 4
1000+ trabajadores 5 5

Funciones Principales

  1. Investigar accidentes de trabajo y enfermedades laborales
  2. Vigilar el cumplimiento de normas SST
  3. Recomendar medidas de prevención y control
  4. Conocer informes de inspecciones
  5. Colaborar en actividades de capacitación
  6. Revisar y aprobar el SG-SST

Reuniones

  • Ordinarias: Mensualmente
  • Extraordinarias: Cuando ocurra accidente grave o enfermedad laboral
  • Acta: Debe quedar documentada con asistencia y decisiones

Sanciones por Incumplimiento

  • Multas hasta 500 SMLMV ($500.000.000 COP en 2026)
  • Responsabilidad directa del empleador
  • Causa de intervención del Ministerio del Trabajo

Relaciones